La Municipalidad de Gualeguay, a través de la Dirección de Ambiente Sustentable, informa que se encuentra en plena vigencia, la Ordenanza 2429/05- y el Decreto 397/05, que regula claramente el funcionamiento lugares de esparcimiento público: boliches bailables, confiterías, pubs, bares, gimnasios, peloteros, etc., y expresa, cómo son los requisitos a que deben ajustarse sus propietarios sobre: funcionamiento, infraestructura, sonido, planes de emergencia y contingencias, seguridad, etc.
“La emisión de sonidos, no pueden ni deben trascender los límites de la propiedad. Evite multas”.
Seamos solidarios y colaboremos para lograr una Gualeguay Más Limpia y con mejor calidad de vida.

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